La Fiscalía de la Nación, corrigiendo la monstruosa ley de cremación y desaparición de cadáveres, Ley 31352 ,debe proceder a entregar los restos a la persona designada por su esposa, único familiar directo, y dar así por concluido el proceso en manos del Estado.
Comité Nacional de Prisioneros Políticos y de Guerra del Perú
A la Presidencia del Ministerio Público
Dra. Zoraida Ávalos
Dra. Zoraida Ávalos
Señora presidenta:
Yo ELENA ALBERTINA YPARRAGUIRRE REVOREDO con 74 años de edad DNI N° 07826907 presento DENUNCIA PENAL PREVENTIVA CONTRA EL MARINO RESPONSABLE DEL CENTRO DE RECLUSIÓN DE LA BASE NAVAL DEL CALLAO, O LOS MARINOS RESPONSABLES DE ESE MISMO CENTRO PENITENCIARIO"CEREC" POR ASESINATO A MI ESPOSO ABIMAEL GUZMÁN REINOSO CON DNI N° 44713261 EN VISTA QUE NO SE ME PERMITE NI VER NI ENTERRAR SU CADAVER.
Como prueba de ello presento las cartas dirigidas a esa y otras instituciones en la que solicito se me informe el diagnostico de mi esposo, desde julio último; la solicitud de visita encuentro familiar; mi carta dirigida a mi abogado Sebastián Chávez; la carta poder a la persona que recogería su cuerpo en vista que se me niega el derecho a que se me entregue a mi en su calidad de único familiar directo de mi esposo.
Todo lo que sumo a la notificación de investigación por llamada telefónica "uso indebido de llamada" en la que doy a conocer esta denuncia.
Ruego se abra investigación contra todos los que resulten responsables de este vil asesinato.
Chorillos 11/09/2021
Elena Yparraguirre R.
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