COMPARTIMOS PUBLICACIÓN DEL Dr ALFREDO CRESPO


Compartimos la publicación del Dr. Alfredo Crespo sobre la resolución de la Corte Superior de Justicia De Lima respecto al Habeas Corpus en Favor del Dr. Abimael Guzmán Reinoso, que declara nula la resolución del Juzgado Penal de Turno Permanente y ordena que se le admita y se proceda de acuerdo a ley.








COMENTARIO SOBRE LOS PENALES, EL CORONAVIRUS Y LA LIBERTAD DE LOS PRESOS
Dr Alfredo Crespo Bragayrac :

La actual situación de sobrepoblación y hacinamiento en los penales, que como ha dicho el jurista Eugenio Raúl Zaffaroni han devenido en campos de concentración, es producto de la crisis generalizada de la sociedad peruana y del proceso de reaccionarización que sigue el Estado peruano manifestada en la aplicación del derecho penal del enemigo y cuya esencia es negar la condición de persona imponiendo juicios sin garantías, derecho penal de autor, creación de nuevos delitos, elevación de las penas, uso abusivo de las detenciones preventivas impuestas por jueces carceleros fascistas y eliminación de beneficios penitenciarios para la mayoría de delitos todo lo cual ha llevado a que en diez años la población penitenciaria se haya más que duplicado pasando de 46,198 internos en 2010 a 97,643 a la fecha de hoy. 

Precisamente las condiciones de hacinamiento en los penales se ha tornado aún más dramática con la actual situación de emergencia sanitaria por la aparición del CORONAVIRUS convirtiéndolos en focos de infección y contagio poniendo en grave riesgo la vida y salud de los internos, así como del personal penitenciario, sus familiares y toda la sociedad, situación que amerita disminuir la población penal otorgando libertades tal como lo han recomendado varios organismos internacionales de derechos humanos siendo el caso que, desde los primeros días de abril varios países han venido liberando presos, por ejemplo: Turquía 90,000; Irán 85,000;Francia 9,923; Indonesia 30,000; Brasil 30,000: EEUU 16,000; México 6,200; Reino Unido 4,000 etc. Continuando hasta hoy. 

Mientras tanto en el Perú, la respuesta del Estado Peruano fue la represión asesinando a ocho presos bajo la patraña de “fuga” pues en realidad lo que ha sido es una protesta en la que reclamaban atención médica, medicinas y que retiren a los fallecidos por el COVID-19. Fue un crimen con premeditación ventaja y alevosía que la ONU ha demandado se investigue y frente al cual el Ministro de Justicia ni siquiera ha tenido el decoro de renunciar y ahora sólo ha devenido en un “cuenta muertos” dedicado sólo a informar cuantos presos mueren diariamente. Oficialmente se informa que han sido liberados 1,000 presos, pero sabemos que en su gran mayoría son deudores de pensiones alimenticias que nunca debieron ir a prisión y está bien que salgan, pero de esto se deduce que se estaría siguiendo el criterio de liberar sólo por delitos leves o de menor lesividad, lo cual no corresponde a una situación de emergencia sanitaria. 

Consideramos totalmente condenable que en el Perú los tres poderes del Estado: Ejecutivo, Legislativo y Judicial hasta la fecha ninguno asuma su responsabilidad y todos se “tiran la pelota” mostrando un total desprecio por la vida y salud de los presos, así como por el personal penitenciario lo que ha llevado a que a la fecha hayan fallecido 189 internos y 13 trabajadores penitenciarios por el COVID-19. 

Ninguno de los tres poderes del Estado puede eximirse de responsabilidad pues, sin necesidad de ninguna nueva ley los jueces están facultados por el vigente Código Procesal Penal para revisar de oficio las prisiones preventivas y revocar el mandato de detención teniendo como fundamento la primacía del derecho a la salud y la vida. Y en el caso del Presidente de la República este tiene la facultad de indultar y conmutar penas en el caso de los sentenciados y respecto de los procesados puede ejercer el derecho de gracia si hay exceso en el plazo de investigación (inc. 21. Del Art. 118
de la Constitución) que lo hay en la mayoría de los procesos. En el caso del Congreso son los congresistas los que primero están obligados a dar leyes, pero qué hicieron, primero le dieron facultades al Ejecutivo, pero este no hizo nada porque las consideró insuficientes. En el debate de los proyectos la mayoría de congresistas se abstuvo y no salió ninguna ley. 

Ahora nuevamente el Ejecutivo ha obtenido facultades, pero acorde con su proyecto que antes presentó al Congreso sólo legislará para liberar por delitos “de menor lesividad” lo que significa que más de 80 delitos considerados “graves” serán excluidos, entre ellos el llamado delito de terrorismo que comprende a los prisioneros políticos y en consecuencia con el nuevo Decreto Legislativo que dará el Ejecutivo no se resolverá el problema de hacinamiento en los penales. Así esto se convertirá en un círculo vicioso y mientras tanto los presos seguirán muriendo convirtiéndose la prisión en una pena de muerte. A los principales imputados por delitos de corrupción les conviene que esta situación y el hacinamiento en penales continúen pues, les sirve de argumento de hecho para lograr libertades como lo vienen consiguiendo. 

Nadie quiere tocar el problema de los penales porque no les es rentable políticamente y las facciones y grupos de la gran burguesía repudiablemente usan a los presos en su colusión y pugna jugando con sus vidas. Congresistas y Ejecutivo actúan con oportunismo político pues, todos están pensando en las elecciones del 2021 para lograr puestos, oprimir al pueblo peruano y seguir saqueando las arcas del Estado. 

Reiteramos nuestra posición. No es que salgan todos, lo que hemos planteado es que si se trata de una situación de emergencia sanitaria las libertades que se otorguen deben ser en base a razones humanitarias por la vulnerabilidad de las personas frente al COVID-19 y no por el delito por el que están detenidas pues, hoy ante una situación de emergencia sanitaria debe primar el derecho a la vida y salud frente al poder punitivo del Estado. En consecuencia, debe considerarse en primer lugar a los adultos mayores, enfermos graves, discapacitados, mujeres embarazadas y madres con hijos en la prisión. 

Consideramos que no existe ninguna razón para que en esta situación de emergencia sanitaria en los penales se discrimine y excluya del derecho a la libertad a los prisioneros políticos sentenciados por el llamado delito de terrorismo actuando así con el propósito de buscar su muerte en la cárcel eneste contexto de pandemia pues, en su gran mayoría son personas vulnerables al COVID-19 que ya llevan más de 20 a 32 años de carcelería ininterrumpida, la mayor parte adultos mayores, mujeres y con enfermedades preexistentes producto de las torturas y una larga carcelería en precarias condiciones, siendo la situación más delicada la del Doctor ABIMAEL GUZMÁN REINOSO de 85 años de edad, con 28 años de prisión ininterrumpida, en aislamiento absoluto en un penal militar de tortura calificado así por la ONU ycon problemas de salud como de hipertensión y cardiovasculares. Pensamos que con esa larga carcelería en las peores condiciones el Dr. Guzmán ya ha pagado su responsabilidad política y tiene derecho a su libertad. 

Asimismo exigimos la inmediata libertad del preso político OSMÁN MOROTE BARRIONUEVO prisionero desde hace 32 años, de 75 años de edad, quien por ser adulto mayor y padecer de varias enfermedades es una persona especialmente vulnerable al COVID-19. 

El c. Osmán fue detenido en 1988. Inicialmente sele acumuló todos sus casos y fue condenado por un Tribunal Especial a 18 años de pena privativa de libertad y cuando debía salir en el año 2006 cumpliendo su pena, para impedirla se le abrió un nuevo caso y fue condenado a 25 años; luego cuando debía salir en libertad el año 2013, nuevamente se la impiden incluyéndolo en el caso “Tarata” arbitrariamente pues, él se encontraba detenido cuando ocurrió ese hecho, pero no obstante fue condenado a cadena perpetua con el siniestro objetivo que muera en la cárcel. Condenamos este vil ensañamiento perpetrado por el Estado Peruano abusando de su poder y exigimos la inmediata libertad del c. Osmán. 

Denunciamos y responsabilizamos al Estado Peruano por el fallecimiento de dos prisioneros políticos: NATIVIDAD BERNARDO VILLAR ocurrido hace tres semanas y el día de HOY de RAFAEL MARINO USCATA de 63 años de edad y 27 años de carcelería ininterrumpida. Ambos han perdido la vida por el abandono en estado de peligro en que se encontraban al resultar infectados por el COVID-19. Nuestras más sentidas condolencias a sus familiares. Natividad y Rafael vivirán por siempre en el corazón de nuestro pueblo. 

Exigimos la inmediata atención médica y medicinas para los prisioneros políticos infectados a fin de evitar que pierdan la vida. 

¡RECHAZAMOS LA POLÍTICA DEL ESTADO PERUANO EN EL CONTEXTO DE LA PANDEMIA DE CONVERTIR LA PRISIÓN EN PENA DE MUERTE!

24/05/20

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