En nuestro país ad portas del
Bicentenario se mantiene vigente y se viene aplicando la pena de cadena
perpetua en abierta violación de los artículos 1° y 139° inciso 22 de la
Constitución que establecen: “La defensa de la persona humana y el respeto de
su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado” y “El principio de
que el régimen penitenciario tiene por objeto la reeducación, rehabilitación y
reincorporación del penado a la sociedad.” respectivamente, contrariando así el
Estado de derecho.
Y no es casual que la cadena perpetua
se siga aplicando pues, ello es consecuencia del proceso de reaccionarización
del Estado peruano hoy en un contexto de la más grave crisis generalizada del
Estado peruano reflejada en todas sus instituciones, incluido el Poder Judicial
desprestigiado por escándalos de corrupción y con altos porcentajes de
desaprobación y en el que las diversas facciones y grupos de la gran burguesía
se enfrentan en una aguda pugna en pro de resolver la crisis buscando definir
el rumbo y el plan económico que aún no tienen, para así mantener el actual
sistema de opresión y explotación capitalista poniendo por delante sus
intereses personales y de grupo.
La pena de cadena perpetua es inhumana
y equivale a la pena de muerte, siendo incluso más cruel que esta porque
significa vivir todos los días sólo para morir en la cárcel; por tanto, es una
pena intemporal. Es confinamiento
perpetuo contra el cual recientemente se ha pronunciado el Papa al decir:
“"La prisión perpetua no es la solución a los problemas…sino un problema a
resolver. Porque si se encierra la esperanza, no hay futuro para la sociedad.
Nunca se debe privar del derecho a empezar de nuevo".
La pena de cadena perpetua es parte del
Derecho Penal del enemigo introducido en nuestro país con la legislación
antiterrorista y que ahora se sigue aplicando contra los procesados y presos
políticos del Partido Comunista del Perú, aun cuando ya no hay subversión
armada desde hace 27 años. Pero si a la pena de cadena perpetua se le añade el
aislamiento absoluto, como en el caso del Doctor Abimael Guzmán Reinoso de 84
años de edad recluido en el penal militar de la Base Naval del Callao, entonces
ya no es sólo vivir para morir sino ser torturado permanentemente lo cual rechazamos
y denunciamos.
Manifestamos nuestro apoyo y respaldo
al Habeas Corpus presentado ante el Poder Judicial pidiendo la nulidad de la
sentencia a la pena de cadena perpetua en el Megaproceso, así como a la Medida
Cautelar presentado por la profesora Elena Yparraguirre Revoredo ante la CIDH a
favor de su esposo.
Consideramos que el ingreso al
Bicentenario de nuestra Independencia, cuyo contenido es el derecho fundamental
a la libertad, debe contemplar la derogatoria de la pena de cadena perpetua
porque anula la libertad del hombre.
¡Exigimos la derogatoria de la pena de
cadena perpetua por cruel e inhumana!
Lima, 02 de
octubre de 2019