¡ABAJO LA CADENA PERPETUA!




¡Abajo la cadena perpetua!
Cadena perpetua es pena de muerte

Los dirigentes del PCP en defensa de sus derechos y los derechos fundamentales del proletariado y pueblo del Perú  y el mundo han presentado una denuncia de Habeas Corpus contra la sentencia que los condenó a cadena perpetua en el llamado Megaproceso del año 2006.

En el mundo después del derribo de las torres gemelas el año 2001, se acentuó la aplicación de un derecho penal antidemocrático, el Derecho penal del enemigo caracterizado por ser  prospectivo, es decir que no necesita un hecho concretado sino la “posibilidad” que se realice a futuro para condenar a un persona; por imponer penas draconianas que van desde los 25 años hasta la cadena perpetua; y por negar todo derecho: el derecho a la defensa, a la rehabilitación y a la reincorporación del penado a la sociedad, etc. Este derecho extiende el poder punitivo del Estado y busca escarmentar para que nadie ose rebelarse. El imperialismo y la reacción mundial lo vienen aplicando contra el  proletariado y los pueblos del  mundo que luchan contra la opresión y explotación capitalista y por sus derechos fundamentales; buscando impedir la revolución socialista, tildan a la revolución de “terrorismo” y a los revolucionarios de “terroristas”.

El derecho penal del enemigo se viene aplicando 40 años en el Perú desde 1980 hasta hoy, y desde 1992 a hoy son 27 años que se aplica en tiempos de no guerra y la extienden al proletariado y al pueblo para combatir la lucha que realiza por la restitución de  sus libertades democráticas, derechos fundamentales y laborales que le fueron arrebatados por la dictadura neoliberal fujimorista, y sobre todo para impedir su futuro desarrollo y perspectiva.

El HC demuestra que se ha condenado  a cadena perpetua sin ley que lo estableciera, pues el artículo 21 del DL 25475 que lo introdujo al modificar el artículo 29 del Código penal, fue derogado de manera genérica por la ley 26360 del 29 de setiembre de 1994, que a su vez fue sustituida  por el decreto Legislativo 895 del 23 de mayo de 1998, decreto legislativo que fue declarado inconstitucional por sentencia del TC Exp. Nº 005-2001-AI/TC publicado el 17 de noviembre del 2001. Con lo que desapareció el artículo 29  del Código Penal que establecía la cadena perpetua. En cuanto a la norma específica -el Art. 3 del DL 25475 que establecía la cadena perpetua- el  Decreto Ley 25659 lo ha derogado de forma tácita al generalizar su contenido y convertirlo de pena agravada de terrorismo en delito de traición a la patria. Posteriormente el Tribunal Constitucional en el  Exp. Nº 010-2002-AI/TC, de fecha 4 de enero de 2003, declaró inconstitucional el D. L. 25659, desapareciendo por ende su art. 2 que derogó el art. 3a del D.L. 25475. De esa manera dejo de existir la pena de cadena perpetua en nuestro ordenamiento jurídico, y los prisioneros políticos demandantes fueron condenando por razones políticas al no haber ley que lo sustentara.

La lucha por abolir la cadena perpetua está indisolublemente ligado a la lucha del pueblo por la restitución de sus derechos y libertades democráticas que les fueron conculcados, es parte de luchar por su derecho a la participación política por una nueva constitución a través de una asamblea constituyente con el pueblo y para el pueblo. La gran burguesía busca impedir esta participación aplicando el derecho penal del enemigo criminalizando la lucha popular, dando leyes para acusarlos de “extorsión”, “destrucción de la propiedad pública y privada” etc., apresando y condenando a los dirigentes populares, simultáneamente realizando campañas de “terruqueo” para dividir al pueblo.

Por eso llamamos al pueblo a luchar contra la imposición del derecho penal del enemigo, específicamente contra la cadena perpetua por ser más cruel, inhumana e infamante que una pena de muerte, por ir contra el derecho de toda persona a la libertad, por su derecho a reincorporarse a la sociedad, y como ha quedado demostrado fehacientemente y una vez más, por ser ilegal e inconstitucional.


Septiembre 2019