Dr ABIMAEL GUZMÁN REINOSO EXIGE SU DERECHO A LA VISITA FAMILIAR
(Reprodución del documento tomado del facebook del Dr. Alfredo Crespo)
(Reproducción
de documento de profesora Elena Yparraguirre, tomado del Facebook del Dr.
Alfredo Crespo)
MI
DICHO
PARA HABEAS CORPUS CORRECTIVO
CONTRA PRESIDENTE DEL
INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO
POR INCUMPLIMIENTO DEL
DERECHO A LA VISITA FAMILIAR: MEDIDA ARBITRARIA Y DISCRIMINATORIA CONTRA DOS
INTERNOS ADULTOS MAYORES.
Señor Juez:
Mi nombre es ELENA ALBERTINA YPARRAGUIRRE REVOREDO,
casada con ABIMAEL GUZMÁN REINOSO, ambos internados en el Establecimiento
Penitenciario Modelo Ancón II y CEREC de la Base Naval del Callao. Ambos
condenados por el llamado delito de terrorismo a dos cadenas perpetuas, de las
cuales ya llevamos 26 años en prisión y contamos con 71 y 84 años de edad.
Lo que motiva el presente recurso es el reiterado incumplimiento
del derecho a la visita familiar que legítimamente nos corresponde por parte
del Consejo Nacional de Tratamiento presidido por el Presidente del INPE sin
invocar, además, alguna razón que lo justifique.
Si bien este problema no es nuevo, se viene
agravando en los últimos tiempos, ya que ha transcurrido más de un año desde la
visita anterior y todavía no se nos cumple la visita del año 2018. Más aún
desde el 2010 venimos teniendo nuestro encuentro solamente una a dos veces al
año y por 4 horas cada vez. No sin antes realizar un conjunto de solicitudes y
reiteraciones administrativas, medidas cautelares, recursos a los medios de
difusión o hasta en ocasiones nos vimos obligados a huelgas de hambre. Esto sin
contar con cinco años de negación del derecho por no estar casados, lo que se
resolvió al casarnos en el año 2010.
Además, tanto a la anterior como a la presente
gestión en la sede central he solicitado se me dé a conocer cuál es el amparo
legal que les asiste para restringir tal derecho contemplado en el Código de Ejecución
Penal y su Reglamento, Art. 35.3 (cada 60 días) así como en el D.S. 024/2001
JUS que rige en el Penal de excepción de la Base Naval del Callao que se ha
convertido en permanente; donde otorga la visita familiar por dos días a la
semana y por 8 horas cada vez. No obstante, la anterior respondió con una
absurda evasiva y la vigente aún no responde.
Por lo expuesto, PIDO: 1) Que se regularicen de
oficio las visitas familiares con mi esposo de acuerdo a ley y se termine el
sistemático incumplimiento de nuestras visitas familiares. 2) Que se nos dé a
conocer cuál es su amparo legal para no aplicar las 6 visitas al año y 12 horas
anuales de visita que contempla el Reglamento del Código de Ejecución Penal. Y
3) Que se nos dé la visita cuanto antes ya que ha pasado más de un año de la
última visita. Estamos dispuestos a recibir por lo menos 3 o 4 visitas al año
de 4 o 3 horas cada una si por seguridad en el transporte se tratase.
Muchas gracias por su atención.
(firma) Elena Albertina
Yparraguirre de Guzmán
Ancón,
29.11.2018
(firma
y sello del abogado defensor)
P.D.- La presente se
hace entrega al Juzgado que corresponda mediante el abogado defensor Alfredo
Crespo Bragayrac.