Publicamos
el presente artículo porque muestra que continúa la persecución política por
ideas, ahora en el régimen Vizcarra.
El ministro retroactivo
Por Eduardo González Viaña.
Diario UNO. 19 agosto 2018
Daniel
Alfaro, ministro de Educación, reveló esta semana que anda persiguiendo a un
hombre.
Se trata
del maestro Fernando Olórtegui Crispín. Todo podría haber quedado en un
silencio discreto si no fuera porque Alfaro ha declarado que lo busca para
despedirlo de su trabajo, y como no hay ley que se lo permita, va a pedir al
Congreso que cree una disposición legal especial. Al declarar esto, el ministro
de Educación ha salido del clóset donde se esconden los ignorantes.
Increíble.
El señor Alfaro es ministro de Educación, pero no sabe que las leyes no tienen
retroactividad.
Según
informa “La República”, “el problema es que la destitución de este grupo de
condenados por terrorismo no aplica porque ellos fueron sentenciados bajo un
Código Penal anterior (1991) al que rige hoy”.
El
maestro en referencia cumplió su pena en el siglo pasado y luego, ya que la ley
no se lo impedía, ingresó en el 2006 a trabajar en educación. Su tenaz
perseguidor, el señor Alfaro, desea una reforma del código actual a fin de
echarlo de su trabajo. Por supuesto, ello aplicaría además a centenares, tal
vez miles, de educadores.
Tal vez
el señor Alfaro no conocía el código penal, pero como ministro está obligado a
conocer la Constitución del Perú. El artículo 103 de la misma establece que “…
la ley desde su entrada en vigencia, se aplica a las consecuencias de las
relaciones y situaciones jurídicas existentes y no tiene fuerza ni efecto
retroactivo, salvo en ambos supuestos, en materia penal, cuando favorece al
reo.
Este es
un principio universal que rige en todos los países civilizados y busca
proteger a los ciudadanos de que se les pueda sancionar a posteriori por un
acto que cuando fue realizado no estaba prohibido.
O sea,
que en el supuesto de que el ministro Alfaro consiga que el Congreso le dé la
ley que pide, aquella aplicaría solamente para el futuro. Y de ninguna manera
para el delito que el referido educador -según la información- cometió en los
años 80’.
El
principio de no retroactividad está presente en la ley desde 1215 en que los
barones de impusieron al rey Juan I de Inglaterra o contrato social que se
llama Carta Magna y que es la fuente del derecho en todos los países
civilizados y el sustento del estado de derecho. Aunque no es abogado ni
maestro, estoy seguro de que el ministro la ha conocido en sus estudios de
secundaria
Todo lo
dicho se aplica a la ley de muerte civil con la que nuestro desprestigiado
Congreso quiere conseguir un rating que no necesita porque todos los días lo
ganan los congresistas con su ignorancia o sus actos delictivos.
Debo
repetir hasta el cansancio que el terrorismo ya no existe. Sendero Luminoso fue
derrotado y, por su parte, el Movimiento Revolucionario Túpac Amaru hizo
renuncia explícita a la lucha armada a finales de los 90’ en el siglo pasado y
llamó a sus bases a la lucha política electoral.
Sin
embargo, uno de los abogados de Guzmán murió cuando cumplía 80 años y estaba
acusado de apología del terrorismo, un delito por el cual habría tenido que
pasar el resto de sus años en un calabozo.
Desde
ningún punto de vista es aceptable que los civiles hayan iniciado una guerra.
Tampoco es admisible que el Estado emprenda una represión por encima de los
límites que la Constitución le impone. Y encima de todo que, 20 años después,
intente la muerte civil de quienes ya sufrieron largas prisiones con métodos
tan perversos como negarles el trabajo en sus profesiones. Es inadmisible todo
eso y también que un ministro persiga a un maestro, ignore los principios del
estado de derecho y dé patadas de ciego contra la Constitución del Perú.